TPP: las lecciones del caso Eli Lilly para México

El caso de Eli Lilly debería alertar sobre el poder de las transnacionales dentro de TPP, al que se encamina México de forma inexorable. Pero, ¡oh!, ¡qué importa! Todo sea por ser parte de ser parte "del acuerdo comercial internacional más relevante y ambicioso en la actualidad".
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El 28 de febrero, unos días antes de la décimo sexta ronda de negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífica (TPP) en Singapur, el Senado discutió la participación mexicana con la Secretaría de Economía. Durante dicha sesión, la senadora Dolores Padierna (PRD) expresó su preocupación por el hecho de que "las empresas extranjeras tengan derecho a enjuiciar a economías soberanas (...) si a una empresa transnacional no conviene a sus intereses".

Dicho cuestionamiento tiene un sustento sólido, pues éste ha sido uno de los principales argumentos en contra de TPP en países como Estados Unidos o Canadá. Actualmente, el Estado canadiense enfrenta un proceso legal entablado por la farmacéutica Eli Lilly, bajo las condiciones del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). Dicho juicio se basa en que el gobierno negó una patente de medicamentos, por lo que la empresa alega que se trata de una expropiación de sus derechos de propiedad, conforme al acuerdo comercial.

Así, Eli Lilly pide una indemnización por 100 millones de dólares; dicho dinero, por supuesto, proviene de fondos federales -es decir, impuestos de los ciudadanos-. Este caso es un precedente de una empresa transnacional presionando a un Estado mediante un tratado de libre comercio para blindar la protección a patentes.

De acuerdo con información de la asociación Public Citizen, uno de los riesgos de estos acuerdos comerciales (entre ellos, TPP) es que permite que la iniciativa privada eluda las leyes y tribunales de una nación, para llevar su caso "ante tribunales extranjeros compuestos por tres abogados del sector privado". Las cláusulas de estos tratados permiten a las transnacionales pedir indemnizaciones si los Estados no son capaces de garantizar los "derechos" de las empresas, aún si estas medidas afectan el interés público, como en el caso de las patentes de medicamentos.

Dentro de esta dinámica, resulta prudente el cuestionamiento del senador Carlos Puente (PVEM), quien indicó que sí existe una preocupación por el tema de patentes farmacéuticas. En septiembre de 2012, la Asociación Mexicana de Laboratorios Farmacéuticos se posicionó en contra de la entrada a TPP, pues la extensión de protección de patentes impacta negativamente en el sector salud.

De acuerdo con las filtraciones, TPP aumentaría por cinco años más la duración de la patente, lo que retrasaría el desarrollo de medicamentos genéricos. ¿En qué afecta al sector salud? Desde 2002, por decreto se utilizan los genéricos intercambiables dentro de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud. En consecuencia, la entrada del acuerdo aumentaría el gasto público en medicinas al supeditar los intereses de la industria sobre los de la población.

Sobre la preocupación de Padierna, la posición del secretario de Economía fue tajante, al decir que el esquema entre inversionistas y Estados "es parte del estándar internacional aceptable en un mundo globalizado". Guajardo señala que "un país no puede aspirar a tener mayores flujos de inversión si no hay garantías mínimas contra acciones discrecionales expropiatorias". La frase es reveladora: ¿bajo qué parámetros se considera que se infringen los derechos de los inversionistas privados? ¿En qué momento una decisión de interés público puede considerarse una "expropiación"? En un Estado como el mexicano, ¿cuál sería su limitación? El caso de Eli Lilly debería alertar sobre el poder de las transnacionales dentro de TPP, al que se encamina México de forma inexorable. Pero, ¡oh!, ¡qué importa! Todo sea por ser parte de ser parte "del acuerdo comercial internacional más relevante y ambicioso en la actualidad"©.

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