Situaciones que no califican para un perdón -- Entradas y salidas del país

En su segmento "Pregúntale a la Abogada", Jessica Domínguez explica una de tres situaciones que no califican para obtener un perdón para los castigos de los 3 y 10 años.
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En su segmento "Pregúntale a la Abogada", Jessica Domínguez explica una de tres situaciones que no califican para obtener un perdón para los castigos de los 3 y 10 años.

Esta semana escribe Jose en Facebook y él dice: "Soy ciudadano estadounidense y pedí a mi esposa. Ella vivió en los Estados Unidos desde el 1998 y en mayo del 2005 salió del país por una emergencia, pero regresó el mismo mes. Mi esposa fue a su cita en el consulado de México y le dieron una carta diciendo que no califica para el perdón hasta después que pasen 10 años." Su pregunta es: "¿Hay manera de que pueda regresar antes de los 10 años?"

Para poder contestar la pregunta del señor Jose quiero compartir con ustedes lo que dice la carta que le dieron en el consulado. La carta dice lo siguiente:

"Usted ha sido encontrado inelegible para recibir una visa de residencia bajo la siguiente sección del acta de inmigración y nacionalidad:

Sección 212(a)(9)(C)(I) la cual prohíbe expedir una visa a cualquier extranjero que haya estado ilegalmente en los Estados Unidos por un periodo total de más de un año y que haya entrado o intentado regresar a los Estados Unidos sin haber sido admitido."

Esta ley dicta que toda persona quien vivió en los Estados Unidos por más de 1 año y salió del país y regresó sin el permiso de las autoridades migratorias recibe el castigo de 10 años. En esta situación no existe un perdón para este castigo hasta que la persona viva fuera del país por 10 años después de su última salida. Esto significa que desafortunadamente la esposa del señor Jose tendrá que esperar fuera del país hasta cumplir los 10 años después de su última salida de los Estados Unidos.

El castigo aplica aunque la persona no haya sido detenida por las autoridades de inmigración y la única excepción a este castigo es para las personas quienes han sido victimas de un crimen y son elegibles para la visa U. Para informarse acerca de otras excepciones por favor consulten con un experto en las leyes de inmigración.

Les invito a registrar su pregunta a "Pregúntale a la Abogada" en http://jessicadominguez.com/ , a ver su programa Despierta América todos los miércoles por Univisión para ver su segmento Ángel de la Justicia, y a escuchar su programa radial "Pregúntale a la Abogada" para más consejos acerca de las leyes de inmigración cada domingo a las 8 de la mañana en su estación la 101.9 FM.

La información en esta columna tiene como único propósito brindar información general y no pretende ser una garantía, o predicción respecto al resultado de cualquier representación hecha por Jessica Domínguez. La información no se debe tomar como un consejo legal para algún individuo, caso o situación.

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