Los alcances de la justicia militar en México: la impunidad continúa

En días recientes, la Suprema Corte de Justicia de México ha estado discutiendo sobre los alcances de la justicia militar, en particular en relación a las violaciones a derechos humanos que han cometido militares en el contexto de la actual estrategia de combate a las drogas.
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En días recientes, la Suprema Corte de Justicia de México ha estado discutiendo sobre los alcances de la justicia militar, en particular en relación a las violaciones a derechos humanos que han cometido militares en el contexto de la actual estrategia de combate a las drogas.

Hace tan solo unos días, por gran mayoría, las y los Ministros de la Corte decretaban lo que por ya hace muchos años la sociedad civil y la comunidad internacional habían exigido al Estado mexicano: que todos los casos de violaciones a derechos humanos cometidas por militares en que hubiera civiles involucrados fuesen juzgadas por un tribunal civil.

Es evidente que la actual estrategia para atacar frontalmente a los cárteles de la droga basada en el uso de la fuerza y la militarización ha tenido un impacto directo en la vigencia y garantía de los derechos humanos en México. Desde que dio inicio la administración del Presidente Calderón en 2006, las quejas ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) se han incrementado en más de 1,000%. Tan sólo en 2010 y 2011, una de cada tres quejas presentadas ante la CNDH fueron en contra de la Secretaría de la Defensa o de la Marina, y en lo que va de este año, la CNDH ha registrado ya 1,164 quejas en contra de dichas dependencias, en comparación a las 1,626 quejas registradas durante 2011.

El saldo en materia de derechos humanos es aterrador. Más de 10.000 desapariciones forzadas, un aumento de más del 500% en los casos denunciados de tortura y al menos 120.000 desplazados forzados obligados a abandonar sus hogares debido a la violencia. Mucho se ha hablado ya también de la elevada cifra de ejecuciones durante la actual administración que, a pesar de la opacidad por parte del Gobierno Federal al respecto, se estima ya podría rebasar las 70.000 ejecuciones, de las cuales en prácticamente ningún caso se han realizado las investigaciones de manera diligente.

No obstante, prácticamente ninguno de estos casos han sido debidamente investigados y sancionados por las autoridades. Contrario a las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, hasta hace unos días en México los tribunales militares continuaban siendo competentes para conocer de dichos crímenes, otorgando a los militares un fuero especial que se ha convertido en una burbuja de impunidad para ellos. Desde 2006, tan sólo 33 militares han sido condenados por violaciones a derechos humanos, todos ellos implicados en un mismo caso de gran impacto.

Las implicaciones de la determinación tomada por la Suprema Corte no son menores. Por un lado, trasladar los casos de violaciones a derechos cometidas por militares al fuero ordinario abre una puerta para que las víctimas puedan acceder a la justicia y a su derecho a la reparación, poniendo así un alto a la impunidad. Por el otro, definitivamente tendrá un impacto directo sobre la estrategia de seguridad y los métodos utilizados por el Ejecutivo Federal para conducir el combate a la delincuencia organizada.

Definitivamente la decisión de la Suprema Corte es un gran avance hacia la protección y vigencia de los derechos humanos en México. Desahogar casos de violaciones a los derechos humanos cometidos por militares en el fuero civil dará un mayor acceso a las víctimas al proceso y garantizará la igualdad entre las partes en el proceso judicial. Asimismo, brindará a la sociedad en general mayores herramientas de transparencia y rendición de cuentas para supervisar el actuar de las Fuerzas Armadas.

Sin embargo, por sí misma y sin un debido fortalecimiento del aparato de procuración y administración de justicia, su impacto será menor. Resulta por ello de gran relevancia continuar de cerca con los trabajos de implementación de la reforma al sistema de justicia penal adoptada en 2008, en la cual se adoptó en México un sistema de justicia acusatorio, incorporando un sistema de juicios orales. Asimismo, con esta reforma se garantizó a nivel constitucional por primera vez el principio de presunción de inocencia y reconoció mayores derechos a las víctimas.

Sin embargo, a más de cuatro años de aprobada la reforma, poco se ha avanzado para garantizar su efectiva implementación. El nuevo sistema de justicia ha sido introducido únicamente en aproximadamente una tercera parte del territorio nacional y las fuerzas policiales y ministeriales -claves para el buen funcionamiento de un sistema acusatorio- no cuentan aún con las capacidades necesarias para ello.

Una vez que se ha logrado restringir el uso de la jurisdicción militar de conformidad a lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, será fundamental que el sistema de justicia civil propicie las condiciones adecuadas para garantizar un proceso penal legítimo y apegado a los estándares internacionales de justicia y debido proceso. Quizás sea tiempo de retomar las discusiones sobre la independencia y autonomía de la Procuraduría General de la República (Fiscalía) y dotar de mayores herramientas al sistema de procuración y administración de justicia necesarias para poner fin a los altos índices de impunidad en México.

*Daniel es Licenciado en Relaciones Internacionales por la Universidad Iberoamericana, ciudad de México y Maestro en Derechos Humanos por la misma. Actualmente se desempeña como director del Área Internacional de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos. Se ha desempeñado también como investigador en el Centro de Investigación y Docencia Económica y colaboró con Amnistía Internacional - México en el Programa de Interlocución con Autoridades e implementación de estrategias de cabildeo. También ha colaborado con la Misión Permanente de México ante las Naciones Unidas.

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