El 15 de agosto fue el primer día en que el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos (USCIS) comenzó a aceptar solicitudes para Acción Diferida para Llegadas en la Infancia (DACA). El martes, Alejandro Mayorkas, director de USCIS, celebró una conferencia de prensa sobre el proceso ofrecido a los DREAMers. Así comenzó su explicación:
"La Acción Diferida no confiere un estado legal".
Esta afirmación es repetida una y otra vez en el documento de respuestas a preguntas frecuentes (FAQ) dado a conocer ayer por USCIS. Aparece nuevamente en la página 2 - de 9 - de las instrucciones para completar el formulario (llamado I-821D) que ahora puede encontrar en internet.
La información sobre DACA indica también que el permiso de trabajo debe tramitarse a través del nuevo formulario I-765WS. El sufijo WS refiere a una lista o worksheet que debe acompañar el petitorio, explicando cuál es la "necesidad económica" que justifica que el gobierno apruebe el derecho del solicitante a trabajar. Las decisiones en este caso son hechas utilizando las Guías Federales de Pobreza.
En estas circunstancias, ¿cuáles son los beneficios de DACA y qué justifica solicitarlo? Se trata de una oportunidad para pedir: 1. Una autorización de empleo; 2. Un número de seguro social, 3. Trabajo y ahorros para estudios u otro propósito. También 4. Elimina el temor de salir de las sombras, 5. Provee la posibilidad de pedir un permiso para viajar fuera del país y 6. Provee tranquilidad por los dos años que dura.
La esperanza, o quizás la apuesta, es que la vigencia de DACA sea extendida o convertida en un proceso de legalización migratoria. Sin embargo, tanto el Presidente Obama cuando hizo el anuncio el 15 de junio, como todos los mensajes ulteriores de USCIS estipularon sin dejar lugar a dudas que DACA no constituye una vía para la legalización.
A pesar de que en los medios se considera DACA como destinado para, principalmente, la población latina, este beneficio temporario aplica a jóvenes de todas las nacionalidades, hayan entrado al país sin permiso o lo hayan hecho con un pasaporte y visa. Sin embargo, en este último caso la visa debe haber vencido antes del 15 de junio y el solicitante debe haber estado presente en el país el 15 de junio.
No existe un límite de tiempo para el proceso, pero el solicitante debe tener por lo menos 15 años de edad y no más de 31 años al 15 de junio de 2012. Eso quiere decir que una persona de 13 o 14 años debe esperar, pero puede presentar la solicitud cuando llegue a la edad requerida. Otros requisitos especifican que se debe haber llegado antes de los 16 años, haber estado aquí el 15 de junio y haber residido en Estados Unidos durante 5 años antes del 15 de junio pasado. Además se deben cumplir condiciones relacionadas con documentos educativos, ausencia de antecedentes penales y ausencia de cualquier indicativo de peligro a la seguridad nacional y al bien público.
El director Mayorkas utilizó la conferencia de prensa del miércoles para advertir al público de los posibles fraudes por parte de "notarios" y consejeros de inmigración. Ya en junio comenzaron a circular historias sobre defraudadores que cobraban hasta 6,000 dólares para poner al solicitante "a la cabeza de la fila".
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Cada uno debe estar alerta y rechazar promesas de "contratos especiales" con funcionarios de inmigración que hagan "favores" o que ofrezcan "protección". Los fraudes migratorios han sido un serio problema porque las víctimas desconocen los procesos legales. Además, tanto en los países de América Latina como en Europa, un "notario" es un abogado con credenciales especiales. Esto les otorga un aura falaz de experiencia y conocimientos. Pero en Estados Unidos, como se sabe, no es necesaria educación alguna para ser notario. Su única función es confirmar identidades, ser testigos de firmas y administrar declaraciones juradas.
Los beneficios de DACA premiarán a aquellos que cumplan los requisitos y que tengan la paciencia y la capacidad de seguir y cumplir nueve páginas de instrucciones, advertencias sobre el hecho de que el permiso no confiere estado legal, requisitos de toda clase de documentos, conocimientos de la guía federal de pobreza, todo ello llevando a una decisión que, al fin y al cabo, está en manos del funcionario de cada caso.
Esto quiere decir una sola cosa: la presentación de su solicitud debe ser convincente, completa. No se está hablando de un formulario fácil de llenar. Requiere comprender el esquema y el propósito de una oferta temporaria del gobierno. No debe dejarse en manos de los inexpertos, de los notarios, o de los consejeros migratorios.
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El contenido referente a temas legales es para propósitos informativos únicamente, y no debe ser considerado para tomar decisiones legales o para sopesar riesgos legales. Siempre consulte a un abogado que esté licenciado en la jurisdicción apropiada, antes de tomar cualquier tipo de acción que pueda afectar sus derechos legales.