Salvadoreños 'podrán votar´ desde Estados Unidos

Salvadoreños 'podrán votar´ desde Estados Unidos

Redacción / ContraPunto

SAN SALVADOR – Dos iniciativas que por muchos años fueron banderas de reclamo de organizaciones civiles, lograron finalmente consenso en la Asamblea Legislativa para convertirse en Ley de la República: El voto para los salvadoreños en el exterior y los concejos municipales pluripartidistas.

Los diputados de la Comisión de Reformas Electorales acordaron este martes emitir dictamen favorable en ambos temas, y se trasladarán al Pleno el próximo jueves, durante la Sesión Plenaria.

La semana pasada, los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) explicaron a petición de los diputados de la comisión, los montos que prevén gastar en la medida, a la vez que puntualizaron en la necesidad que no dejar pasar el mes de enero sin que se aprobara la Ley, para facilitar las gestiones al ente colegiado.

Los magistrados ratificaron que el voto en el exterior costará 21 millones de dólares, distribuidos de la siguiente forma: 10 millones corresponderán al Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN); 6 millones para el TSE y 5 millones para Cancillería.

Esta última instancia expresó su beneplácito sobre el acuerdo alcanzado y a través de su titular, el Canciller Hugo Martínez, esperó que “este espíritu de unanimidad mostrado en la Comisión se extienda en la plenaria convocada para el próximo jueves y sea aprobada la ley para que nuestros compatriotas en el exterior puedan ejercer el sufragio en las próximas elecciones presidenciales.”

El vicepresidente de la Asamblea Legislativa y diputado por ARENA, Alberto Romero, manifestó que el concepto del voto en el exterior aprobado es universal y será responsabilidad del TSE, definir en qué países se aplicará.
Asimismo se dictaminó la integración de concejos municipales pluralistas o multipartidarios a partir de las elecciones de 2015. Para ello se acordó agregar un inciso al artículo 220 del Código Electoral, que expresa: "Al momento de inscribirse una planilla, el partido o coalición designará el orden de precedencia en que sus candidatos pasarán a integrar el concejo municipal, en caso de que su planilla no obtuviere mayoría simple”.

La modificación agrega que “la designación del orden de precedencia se hará hasta en un máximo de la mitad de miembros del concejo municipal a elegirse, y de ella estarán excluidos los candidatos a alcalde y a síndico".

Horas antes de acordarse esto, la Coalición para la Reforma Política y Electoral (CREE) sustentó una demanda de inconstitucionalidad interpuesta en diciembre de 2011, contra el artículo 264 del Código Electoral, que establece la elección como miembros de concejo municipal a los candidatos del partido político que hubiera obtenido la mayoría de votos en las elecciones municipales en su respectiva circunscripción.

De acuerdo a CREE, en los concejos municipales conformados por múltiples partidos se crearían las condiciones necesarias para establecer en las municipalidades una dinámica de toma de decisiones sustentada en la deliberación, el disenso, el diálogo y la consecución de acuerdos; a la vez de considerar que se incrementaría la participación y control ciudadano sobre la gestión municipal, coadyuvando a la transparencia en el manejo de los recursos públicos de los municipios y el combate a la corrupción.

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